ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE MALAGÓN, CELEBRADA EL 07 DE ABRIL DE 2015
Publicado por Ayuntamiento de Malagón
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE MALAGÓN, CELEBRADA EL 07 DE ABRIL DE 2015 (Nº 03/2015). |
En Malagón, en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial de esta localidad, el día 07 de Abril de 2015, siendo las diecinueve horas y treinta minutos, se reúnen tras haber sido convocados en forma y plazo reglamentarios, en sesión de carácter ordinario, los miembros de la Corporación que a continuación se relacionan:
ASISTENTES:
ALCALDE-PRESIDENTE: Don Adrián Fernández Herguido
CONCEJALES: Doña Alma María Navas Hervás
Doña Purificación Sobrino Delgado
Don Afrodísio Santos Santos
Doña Beatriz Gutiérrez Domínguez
Don Rubén Benítez Cívica
Don Luis Sobrino Pérez
Don José Félix Palomares Martin
Doña Isabel Tapiador Molero
Doña Montserrat Medina Sobrino
Don Santiago Domínguez Santofimia
SECRETARIA: Dª Noelia Izquierdo García
Tras comprobar la Secretaria que existe el quórum suficiente establecido por el artículo 90 del RD. 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, para la válida constitución del Pleno en primera convocatoria (un tercio del número legal de miembros de la Corporación), el Sr. Presidente abre la sesión, de acuerdo con el siguiente Orden del Día preestablecido en la convocatoria:
PRIMERO.- LECTURA Y APROBACION, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR Nº 01/ 2015.
Visto el borrador del Acta de la sesión anterior ordinaria y celebrada por el pleno del ayuntamiento de fecha 02 de Febrero de 2015-
Se dejan las mencionadas actas sobre la mesa, por no haberse facilitado de manera correcta al Grupo Municipal Socialista
SEGUNDO.- NOMBRAMIENTO JUEZ DE PAZ SUSTITUTO
Vista la propuesta suscrita por la Alcaldía-Presidencia de fecha 31 de Marzo de 201523 de Enero de 2015, en
“Visto el escrito recibido del Tribunal Superior de Justicia en el que nos comunican que se inicie el procedimiento para la propuesta de nombramiento del cargo de Juez de Paz sustituto de Malagón, así como la convocatoria a que se refieren los artículos 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículos 4 y 5 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Visto que el lunes 03 de febrero de 2015, se remite al Juzgado Decano de Ciudad Real y al Boletín Oficial de esta Provincia, el Bando del Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Malagón, por el que se abre período de presentación de instancias para cubrir el cargo de Juez de Paz Sustituto, en el Municipio de Malagón (CIUDAD REAL).
Atendido que en el n.º 18 del Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real de fecha 27 de enero de 2015, se publicó el Bando rectificado del Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Malagón, por el que se abría un plazo de quince días hábiles para que las personas que estuvieran interesadas y reunieran las condiciones legales, solicitasen ser nombradas Juez de Paz Sustituto, mediante escrito normalizado dirigido a la Alcaldía, según acredita el certificado de Secretaría.
Visto que los candidatos a la plaza, por orden de presentación de las solicitudes, son los siguientes:
¾ N.º de registro de entrada: 433 Nombre y apellidos: Alejandro Flores Salcedo.
¾ N.º de registro de entrada: 461. Nombre y apellidos: Mª Belén Palomares Villarrubia
¾ N.º de registro de entrada: 478. Nombre y apellidos: Mª del Mar García Nieto Romero
Vistas las solicitudes presentadas dentro de plazo, conforme a los artículos 22.2 p) y artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, artículo 101.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, artículo 4 y artículo 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz,
Esta Alcaldía PROPONE al Pleno de Ayuntamiento que, previo dictamen de la Comisión Informativa correspondiente, adopte el siguiente ACUERDO:
PRIMERO. Nombrar como Juez de Paz Titular a D. Mª Belén Palomares Villarrubia.
SEGUNDO. Dar traslado del presente Acuerdo al Juez de Primera Instancia e Instrucción del Partido Judicial, que lo elevará a la Sala de Gobierno (artículo 101.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo 7 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz)».”
El Pleno Corporativo, por unanimidad de los asistentes, con el voto favorable de los Concejales del Grupo Popular y el voto de los Concejales del Grupo Socialista, acuerdan dar aprobación a la mencionada acta, procediendo su definitiva trascripción reglamentaria conforme a lo dispuesto en el art. 199 del R.D. 2568/1986, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF).
TERCERO.- APROBACION CONVENIO DE IMPLANTACION DE LA APLICACIÓN INFORMATICA DE GESTION DE ARCHIVOS PARA ENTIDADES LOCALES
Vista la propuesta suscrita por la Alcaldía-Presidencia de fecha 18 de Marzo de 2015, cuyo texto integro es el siguiente:
“Visto el borrador del texto del Convenio de Implantación y uso de la Aplicación Informática para la Gestión de Archivos de Oficina de Entidades Locales de Castilla La Mancha, remitido por la Consejería de Presidencia y Administraciones Publicas y en especial por el Archivo de Castilla La Mancha, dependiente de la Dirección General de Coordinación y Administración Local, al Ayuntamiento de Malagón, para permitir a la Entidad Local suscriptora del presente Convenio la implantación y uso de dicha Aplicación Informática.
Visto que el articulo 47.2 h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local establece:
“2. Se requiere el voto favorable de la mayoría absoluta del numero legal de miembros de las corporaciones para la adopción de acuerdos en las siguientes materias:
h. Transferencia de funciones o actividades a otras Administraciones Publicas, así como la aceptación de las delegaciones o encomiendas de gestión realizadas por otras administraciones, salvo que por ley se impongan obligatoriamente.”
CONSIDERANDO que el borrador de dicho Convenio ha de ser elevado al Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de Malagón, realizo la siguiente,
PROPUESTA
PRIMERO. Convenio de Implantación y Uso de la Aplicación Informática para la Gestión de Archivos de Oficina de Entidades Locales de Castilla La Mancha, remitido por la Consejería de Presidencia y Administraciones Publicas y el Ayuntamiento de Malagón de la provincia de Ciudad Real, con el objetivo de facilitar a nuestro municipio la organización del Archivo Municipal, el control y gestión de los servicios que puedan ofrecer, tanto de préstamos como de consulta de documentos; y evitar la dispersión de múltiples bases de datos, favoreciendo la unidad en interoperabilidad entre Archivos.
SEGUNDO. Facultar al Sr Alcalde Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto.
TERCERO. Notificar dicho acuerdo a los interesados para que surtan todos los efectos oportunos.
El Pleno Corporativo, por unanimidad de los asistentes, con el voto favorable de los Concejales del Grupo Popular y de los Concejales del Grupo Socialista, acuerdan dar aprobación a la mencionada acta, procediendo su definitiva trascripción reglamentaria conforme a lo dispuesto en el art. 199 del R.D. 2568/1986, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF).
CUARTO.- TOMA DE RAZON MARCOS PRESUPUESTARIOS
Vista la propuesta suscrita por la Alcaldía-Presidencia de fecha 23 de Marzo de 2015, cuyo texto integro es el siguiente:
Formado el Plan Presupuestario a medio plazo de este Ayuntamiento correspondiente al período 2015-2018, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 del 29 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de Abril, de Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera:
A) DETALLE DE GASTOS CORRIENTES |
Año 2015 |
Tasa de variación 2015/2016 |
Año 2016 |
Tasa de variación 2016/2017 |
Año 2017 |
Tasa de variación 2017/2018 |
Año 2018 |
Supuestos en los que se basan las proyecciones |
Capítulo 1: Gastos de Personal |
2.914.049 |
0% |
2.914.049 |
0% |
2.914.049 |
0% |
2.914.049 |
Se congela el gasto en personal |
Capítulo 2: Gastos corrientes en bienes y servicios |
1.295.403 |
0% |
1.295.403 |
0% |
1.295.403 |
4% |
1.345.403 |
Se congela el gasto en bienes y servicios hasta el 2018 |
Capítulo 3: Gastos financieros |
26.903 |
-11% |
23.917 |
-15% |
20.372 |
-17% |
16.852 |
Bajan los intereses debido a la refinanciación de la deuda |
Capítulo 4: Transferencias Corrientes |
350.465 |
0% |
350.465 |
0% |
350.465 |
0% |
350.465 |
|
Capítulo 5: Fondo de Contingencia |
0 |
|
0 |
|
30.031 |
15% |
34.561 |
Se puede presupuestar a partir de 2017 |
TOTAL DEGASTOS CORRIENTES |
4.586.820 |
0% |
4.583.834 |
1% |
4.610.320 |
1% |
4.661.330 |
|
B) DETALLE DE GASTOS DE CAPITAL |
Año 2015 |
Tasa de variación 2015/2016 |
Año 2016 |
Tasa de variación 2016/2017 |
Año 2017 |
Tasa de variación 2017/2018 |
Año 2018 |
Supuestos en los que se basan las proyecciones |
Capítulo 6: Inversiones Reales |
255.556 |
-9% |
232.939 |
10% |
255.556 |
0% |
255.556 |
Se ajustan las inversiones para poder asumir el capitulo 9 |
Capítulo 7: Transferencias de Capital |
0 |
|
0 |
|
0 |
|
0 |
|
TOTAL DE GASTOS DE CAPITAL |
255.556 |
-9% |
232.939 |
10% |
255.556 |
0% |
255.556 |
|
|
||||||||
C) DETALLE DE GASTOS FINANCIEROS |
Año 2015 |
Tasa de variación 2015/2016 |
Año 2016 |
Tasa de variación 2016/2017 |
Año 2017 |
Tasa de variación 2017/2018 |
Año 2018 |
Supuestos en los que se basan las proyecciones |
Capítulo 8: Gastos por Activos Financieros |
0 |
|
0 |
|
0 |
|
0 |
|
Aportaciones patrimoniales |
0 |
|
|
|
|
|
|
|
Otros gastos en activos financieros |
0 |
|
|
|
|
|
|
|
Capítulo 9: Gastos por Activos Financieros |
319.914 |
59% |
509.201 |
0% |
509.201 |
0% |
509.201 |
Se aumenta la amortización |
TOTAL DE GASTOS FINANCIEROS |
319.914 |
59% |
509.201 |
0% |
509.201 |
0% |
509.201 |
|
A) DETALLE DE INGRESOS CORRIENTES |
Año 2015 |
Tasa de variación 2015/2016 |
Año 2016 |
Tasa de variación 2016/2017 |
Año 2017 |
Tasa de variación 2017/2018 |
Año 2018 |
Supuestos en los que se basan las proyecciones |
Capítulo 1 y 2: Impuestos directos e indirectos |
2.614.740 |
2% |
2.660.995 |
2% |
2.708.123 |
2% |
2.756.143 |
|
Impuesto sobre Bienes Inmuebles |
1.886.240 |
2% |
1.923.965 |
2% |
1.962.444 |
2% |
2.001.693 |
|
Impuesto sobre Actividades Económicas |
110.000 |
2% |
112.200 |
2% |
114.444 |
2% |
116.733 |
|
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica |
513.000 |
1% |
518.130 |
1% |
523.311 |
1% |
528.544 |
|
Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturales Urbana |
45.000 |
0% |
45.000 |
0% |
45.000 |
0% |
45.000 |
|
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras |
60.000 |
2% |
61.200 |
2% |
62.424 |
2% |
63.672 |
|
Cesión de impuestos del Estado |
0 |
|
0 |
|
0 |
|
0 |
|
Ingresos del capítulo 1 y 2 no incluidos |
500 |
0% |
500 |
0% |
500 |
0% |
500 |
|
Capítulo 3: Tasas, precios públicos y otros ingresos |
810.442 |
0% |
810.442 |
0% |
810.442 |
0% |
810.442 |
|
Capítulo 4: Transferencias Corrientes |
1.628.372 |
2% |
1.657.109 |
0% |
1.657.109 |
0% |
1.657.109 |
|
Participación en los Tributos del Estado |
1.450.000 |
2% |
1.478.737 |
0% |
1.478.737 |
0% |
1.478.737 |
|
Resto de Transferencias Corrientes (resto Capítulo 4) |
178.372 |
0% |
178.372 |
0% |
178.372 |
0% |
178.372 |
|
Capítulo 5: Ingresos Patrimoniales |
196.446 |
0% |
197.428 |
1% |
199.403 |
1% |
202.394 |
|
TOTAL DE INGRESOS CORRIENTES |
5.250.000 |
1% |
5.325.974 |
1% |
5.375.077 |
1% |
5.426.087 |
|
B) DETALLE DE INGRESOS DE CAPITAL |
Año 2015 |
Tasa de variación 2015/2016 |
Año 2016 |
Tasa de variación 2016/2017 |
Año 2017 |
Tasa de variación 2017/2018 |
Año 2018 |
Supuestos en los que se basan las proyecciones |
Capítulo 6: Enajenación de Inversiones |
0 |
|
0 |
|
0 |
|
0 |
|
Capítulo 7: Transferencias de Capital |
0 |
|
0 |
|
0 |
|
0 |
|
TOTAL DE INGRESOS DE CAPITAL |
0 |
|
0 |
|
0 |
|
0 |
|
|
|
|||||||
C) DETALLE DE INGRESOS FINANCIEROS |
Año 2015 |
Tasa de variación 2015/2016 |
Año 2016 |
Tasa de variación 2016/2017 |
Año 2017 |
Tasa de variación 2017/2018 |
Año 2018 |
Supuestos en los que se basan las proyecciones |
Capítulo 8: Ingresos por Activos Financieros |
0 |
|
0 |
|
0 |
|
0 |
|
Capítulo 9: Ingresos por Activos Financieros |
0 |
|
0 |
|
0 |
|
0 |
|
TOTAL DE INGRESOS FINANCIEROS |
0 |
|
0 |
|
0 |
|
0 |
|
Saldo operaciones no financieras |
271.782 |
87% |
507.523 |
0% |
505.794 |
0% |
504.014 |
(+/-) Ajustes para el cálculo de capacidad o necesidad de financiación. SEC-95 |
-176.282 |
-100% |
|||||
Capacidad o necesidad de financiación |
95.500 |
431% |
507.523 |
0% |
505.794 |
0% |
504.014 |
Deuda viva a 31/12 |
5.083.062 |
-36% |
3.257.792 |
-16% |
2.748.592 |
-19% |
2.239.393 |
- A corto plazo |
1.600.000 |
-100% |
0 |
|
0 |
|
0 |
- A largo plazo |
3.483.062 |
-6% |
3.257.792 |
-16% |
2.748.592 |
-19% |
2.239.393 |
Ratio de Deuda viva/ Ingresos Corrientes |
527.338 |
40% |
740.462 |
3% |
761.350 |
0% |
759.570 |
|
Año Base 2014 |
Año 2015 |
Año 2016 |
Año 2017 |
A) EMPLEOS NO FINANCIEROS = Cap 1 a 7 de gastos |
4.842.376 |
4.816.773 |
4.865.876 |
4.916.886 |
Intereses de la deuda |
26.903 |
23.917 |
20.372 |
16.852 |
B) EMPLEOS NO FINANCIEROS (excepto intereses de la deuda) |
4.815.473 |
4.792.856 |
4.845.504 |
4.900.034 |
Ajustes SEC 95 que inciden en gastos |
|
|
|
|
Ajustes Consolidación presupuestaria |
|
|
|
|
Gastos financiados con fondos finalistas UE / AAPP |
178.238 |
178.238 |
178.238 |
178.238 |
C) GASTO COMPUTABLE |
4.637.236 |
4.614.618 |
4.667.266 |
4.721.796 |
Aumentos permanentes de recaudación (art. 12.4) |
|
|
|
|
Reduccciones permanentes de recaudación (art. 12.4) |
|
|
|
|
D) GASTO COMPUTABLE AJUSTADO |
4.637.236 |
4.614.618 |
4.667.266 |
4.721.796 |
Variación del gasto computable tras aumentos/reducciones permanentes de recaudación |
-0,49% |
1,14% |
1,17% |
|
OBJETIVO 1: Tasa de referencia crecimiento PIB m/p |
1,50% |
1,70% |
1,70% |
|
CUMPLIMIENTO DE LA REGLA DE GASTO |
92.176 |
25.801 |
24.814 |
|
CUMPLE LA REGLA DE GASTO |
CUMPLE CON LA REGLA DE GASTO |
CUMPLE CON LA REGLA DE GASTO |
OBJETIVO 1. Verificación del Cumplimiento del Objetivo de Estabilidad Presupuestaria |
Año 2015 |
Año 2016 |
Año 2017 |
Año 2018 |
|
||||||||||||||||||||||||
ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA SEC-95 |
95.500 |
507.523 |
505.794 |
504.014 |
|
||||||||||||||||||||||||
% SUPERÁVIT (+) / DÉFICIT (-) PÚBLICO |
0% |
10% |
9% |
9% |
|
||||||||||||||||||||||||
CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA |
0% |
0% |
0% |
0% |
|
||||||||||||||||||||||||
CUMPLE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA |
CUMPLE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA |
CUMPLE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA |
CUMPLE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA |
|
|||||||||||||||||||||||||
IMPORTANTE: Para comprobar el cumplimiento de la regla de gasto, completar la pestaña de "Regla de Gasto" con los ajustes correspondientes. |
|||||||||||||||||||||||||||||
OBJETIVO 2. Verificación del Cumplimiento del Objetivo de Regla de Gasto |
Año 2015 |
Año 2016 |
Año 2017 |
Año 2018 |
|||||||||||||||||||||||||
Gasto Computable Ajustado |
4.637.235 |
4.614.618 |
4.667.266 |
4.721.796 |
|||||||||||||||||||||||||
Variación del Gasto Computable tras aumentos/reducciones permanentes recaudación |
0 |
-0,49% |
1,14% |
1,17% |
|||||||||||||||||||||||||
CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE REGLA DE GASTO |
92.176 |
25.801 |
24.814 |
||||||||||||||||||||||||||
1,50% |
1,70% |
1,70% |
|||||||||||||||||||||||||||
CUMPLE REGLA DE GASTO |
CUMPLE REGLA DE GASTO |
CUMPLE REGLA DE GASTO |
|||||||||||||||||||||||||||
OBJETIVO 3. Verificación del Cumplimiento del Objetivo de Sostenibilidad Financiera |
Año 2015 |
Año 2016 |
Año 2017 |
Año 2018 |
|||||||||||||||||||||||||
Deuda viva consolidada a 31 de diciembre |
5.083.062 |
3.257.792 |
2.748.592 |
2.239.393 |
|||||||||||||||||||||||||
Ingresos corrientes |
5.250.000 |
5.325.974 |
5.375.077 |
5.426.087 |
|||||||||||||||||||||||||
% de deuda viva sobre los ingresos corrientes |
97% |
61% |
51% |
41% |
|||||||||||||||||||||||||
CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE SOSTENIBILIDAD FINANCIERA |
110% |
110% |
110% |
110% |
|||||||||||||||||||||||||
CUMPLE SOSTENIBILIDAD FINANCIERA |
CUMPLE SOSTENIBILIDAD FINANCIERA |
CUMPLE SOSTENIBILIDAD FINANCIERA |
CUMPLE SOSTENIBILIDAD FINANCIERA |
||||||||||||||||||||||||||
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|||||||||||||||||||||||||||||
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Visto y conocido el contenido del informe de la Interventora municipal, de fecha 23 de marzo de 2015.
Visto el Decreto Nº 339 de 23 de marzo de 2015, por el que se aprueban los Marcos Presupuestarios para el periodo 2015-2018.
Esta alcaldía, propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente Acuerdo:
PRIMERO. Tomar Razón el Plan Presupuestario a medio plazo del Ayuntamiento de Malagón, para el período 2015-2018 aprobado por decreto de de Alcaldía Nº339 de 23 de marzo.
SEGUNDO. Tomar razón de la remisión aprobada del Plan Presupuestario a medo plazo del Ayuntamiento al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas por los medios telemáticos habilitados al efecto el pasado 23 de marzo de 2015.
Sometido el asunto a votación, el PLENO DEL AYUNTAMIENTO, en votación ordinaria y por unanimidad del número legal de miembros de la Corporación (con el voto favorable de los Concejales del Grupo popular y el voto favorable de los Concejales del Grupo Socialista) se aprueba la transcrita propuesta de la Alcaldía, en todo su contenido y sin enmienda alguna.
QUINTO.- DACION DE CUENTAS DE DECRETOS DE ALCALDIA
Se dan cuenta de los Decretos de Alcaldía desde el último Pleno.
SEXTO.- CUESTIONES DE URGENCIA
Vista la propuesta suscrita por la Alcaldía-Presidencia de fecha 23 de Marzo de 2015, cuyo texto integro es el siguiente:
“VISTO que en la Junta de Gobierno celebrada el día 18 de noviembre de 2014 se aprobó la licencia de obras (expte. U14140) para la instalación y construcción de una Fábrica dedicada a la Pastelería en el Polígono Industrial “Las Viñas” cuyo promotor es la mercantil DULYMAZ, SL.
RESULTANDO que DULYMAZ, SL presenta escrito y proyecto acreditativo de las circunstancias que motivan la concesión de la bonificación, con Registro de entrada nº 780 de fecha 04 de Marzo de 2015 en el que solicita la aplicación de la Bonificación establecida en la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras.
VISTO el Proyecto presentado donde se destacan los siguientes puntos:
- Creación de Puestos de trabajo: Con 5 empleos con contratos indefinidos. En época de campaña de navidad se estima una contratación de 15 trabajadores eventuales.
- Inversión de seguridad laboral, higiene y salud y protección del medio ambiente, uso de la energía de forma racional…
- Incremento de la actividad productiva y comercial
VISTO el art. 8 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, cuyo tenor literal dice:
“Bonificaciones:
-Una bonificación de hasta 95 % a favor de las construcciones, instalaciones u obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico-artísticas o de fomento de empleo que justifiquen tal declaración.
…..
Las anteriores bonificaciones no serán objeto de aplicación simultánea.
Los interesados deberán presentar solicitud acompañada del correspondiente proyecto donde se acrediten las circunstancias que motivan la posible bonificación. El Pleno de la Corporación aprobará, en su caso, por mayoría simple de sus miembros la referida bonificación y el porcentaje de la misma, primando aquellas empresas que decidan instalarse en los Polígonos Industriales de la localidad.
La circunstancia que motivó la bonificación deberá ser mantenida por un periodo de cuatro años. El incumplimiento de la misma conllevará la emisión de una liquidación definitiva sin contemplar dicha bonificación.”
CONSIDERANDO lo dispuesto en el artículo 21.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en el artículo 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2568/1998, de 28 de noviembre y normas concordantes y generales de aplicación;
ESTA ALCALDÍA PROPONE Y ELEVA AL PLENO CORPORATIVO PARA SU APROBACIÓN POR EL MISMO, EN SU CASO, EL SIGUIENTE ACUERDO:
PRIMERO.- Aprobar la bonificación en un 95 % de la liquidación del Impuesto Construcciones, Instalaciones y Obras aplicada a la licencia de obra U14140 siendo su promotor la mercantil DULYMAZ, SL con CIF nº B13568563, en base al proyecto desarrollado.
SEGUNDO.- Notifíquese la presente resolución a los interesados y al departamento de Intervención”
Sometido el asunto a votación, el PLENO DEL AYUNTAMIENTO, en votación ordinaria y por unanimidad del número legal de miembros de la Corporación (con el voto favorable de los Concejales del Grupo popular y el voto favorable de los Concejales del Grupo Socialista) se aprueba la transcrita propuesta de la Alcaldía, en todo su contenido y sin enmienda alguna.
SEPTIMO.- INFORMES DE ALCALDIA
Se plantean los Informes de Alcaldía que se transcriben literalmente según las Intervenciones de los Asistentes.
DÉCIMO SEXTO.-RUEGOS Y PREGUNTAS
Se plantean los Ruegos y Preguntas que se transcriben literalmente según las Intervenciones de los Asistentes.
Y no habiendo más asuntos en el orden del día que tratar, el Sr. Alcalde - Presidente levanta la sesión siendo las VEINTE HORAS Y DIEZ minutos y para constancia de lo que se ha tratado y de los acuerdos adoptados, extiendo la presente acta que firma el Sr. Alcalde y la certifico con mi firma. Doy fe.
Vº Bº
EL ALCALDE LA SECRETARIA
Fdo.: Adrián Fernández Herguido Fdo.: Noelia Izquierdo García
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